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Política

Las cinco claves del cierre del Congreso decretado en Perú por Martín Vizcarra

La tarde del lunes, en un anuncio que resultó histórico, el jefe del Estado peruano disolvió el Parlamento y convocó a nuevas elecciones legislativas para el 2020.

El presidente de Perú, Martín Vizcarra, el 30 de septiembre de 2019 desde Lima mientras anunciaba que disolvería el Congreso.
El presidente de Perú, Martín Vizcarra, el 30 de septiembre de 2019 desde Lima mientras anunciaba que disolvería el Congreso. Presidencia de Perú vía Reuters
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El presidente de Perú, Martín Vizcarra Cornejo, decretó la tarde del último lunes de septiembre la disolución del Parlamento en medio de una profunda confrontación de poderes que se mantenía desde los inicios de su Gobierno.

El escenario pudo preverse, cuando el 27 de septiembre el Ejecutivo presionó vía cuestión de confianza al Congreso para detener un criticado proceso de selección de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional (TC) y, el lunes, el Parlamento desatendió la urgencia del pedido.

1. La elección de los candidatos al TC generó el nuevo choque

Horas antes del anuncio que diera Vizcarra en un Mensaje a la Nación, el Congreso de la República había sido escenario de discusiones -en pro y en contra- frente a la sesión que se tenía agendada: el debate y la votación de candidatos al Tribunal Constitucional.

Aunque la designación de nuevos jueces del TC es una potestad constitucionalmente reconocida al Congreso, el Ejecutivo había observado y sometido a cuestión de confianza este proceso, al asumir como política de Estado la urgencia de cambiar las reglas para la selección de los postulantes. El mecanismo jurídico de la cuestión de confianza, previsto en la Constitución peruana, consiste en un pedido condicionado de respaldo al gabinete de ministros y funciona como un medidor de fuerzas entre ambos poderes.

Pese al ingreso -al inicio obstaculizado- del ahora expresidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, al Hemiciclo para exponer la petición anunciada el viernes, la mayoría de legisladores votó por continuar.

En medio de la elección del nuevo TC, del que solo llegó a designarse a un candidato, algunos congresistas de izquierda bajaron hacia el centro del Hemiciclo para protestar y reiterar su deseo de cierre del Parlamento.
En medio de la elección del nuevo TC, del que solo llegó a designarse a un candidato, algunos congresistas de izquierda bajaron hacia el centro del Hemiciclo para protestar y reiterar su deseo de cierre del Parlamento. Andina

2. El Gobierno interpretó un “rechazo fáctico” del Congreso a la cuestión de confianza

Vizcarra sostuvo que la confianza se había rechazado de manera “fáctica” al proseguir con la votación del TC. De acuerdo con la Constitución Política del Perú en su artículo 134, el presidente puede cerrar el Parlamento cuando éste rechaza la confianza a dos gabinetes dentro de un mismo Gobierno.

En septiembre de 2017, el Parlamento ya había desaprobado el pedido que hizo el entonces premier Fernando Zavala; con lo cual se materializaba el riesgo de una disolución ante una nueva negativa al premier Salvador del Solar.

Desde un punto de vista totalmente técnico, para que la cuestión de confianza sea denegada es necesaria una votación por parte del Pleno del Congreso. Pero el Ejecutivo aplicó una interpretación más política, que también es aceptada en la lectura de la Carta Magna. Así lo precisó para este texto la constitucionalista Elena Alvites Alvites.

“Yo puedo conceder que aquí cabe más de una interpretación de cómo aplicar el artículo 134, pero el presidente de la República decidió dentro de una de las posibles interpretaciones. Además, siguió los mandatos específicos sobre qué hacer frente a una decisión de disolver el Parlamento: convocó a elecciones y ha permitido el funcionamiento de la Comisión Permanente del Congreso”, dijo Alvites.

3. La oposición insiste en que hubo “golpe de Estado”, nombra presidenta a Aráoz y ella renuncia

Aunque el mandatario peruano ya había anunciado la disolución, 86 congresistas reanudaron sesión plenaria en las instalaciones del Hemiciclo para debatir y votar una respuesta: la suspensión. La hoy excongresista de Fuerza Popular, Milagros Salazar, presentó una moción para separar al presidente de sus funciones durante un año por “incapacidad temporal”. La propuesta recibió los votos por unanimidad de todos los presentes y el presidente del Congreso, Pedro Olaechea, le tomó juramento minutos después a la vicepresidenta y también congresista Mercedes Aráoz, quien presentó su dimisión a través de un comunicado divulgado la noche del primero de octubre, tras menos de 24 horas de asumir como presidenta interina.

Consultado sobre si estos actos tienen legitimidad constitucional, el jurista Óscar Urviola Hani señaló que “son legales en la medida de que no se declaren nulos y tienen una eficacia”. No obstante, resaltó que esta situación tiene una protección más política que jurídica y que, incluso si se pretendiese frenar la disolución del Congreso, las instancias legales no serían las óptimas.

“No hay una solución jurídica que sea eficiente o efectiva en el inmediato plazo porque un proceso competencial en el Tribunal Constitucional, por ejemplo, demoraría unos cuatro meses. Un amparo que interponga un congresista que se ve afectado en sus derechos -que es otro ejemplo- tardaría con un tránsito en tres instancias antes de llegar al Tribunal Constitucional. La nulidad hipotética del decreto de disolución tendría que declararla el Poder Judicial, tras otro proceso que también lleva tiempo”, expresó Urviola a France 24.

Por su parte, la constitucionalista Gabriela Oporto Patroni indicó para este medio que los actos del ya disuelto Congreso no se ajustaron al ordenamiento jurídico ni a la Constitución.

“No es constitucionalmente correcto afirmar que ‘el Perú tuvo dos presidentes’. Ni siquiera es correcto afirmar que esta duplicidad se configuró ‘por un minuto’. Para empezar, la moción de suspensión del presidente por incapacidad temporal pasa por un procedimiento muy parecido al de una censura contra un ministro, que resulta interpelado y que tiene derecho a exponer su defensa frente al Pleno. Pero el procedimiento aplicado a Vizcarra no tiene validez constitucional porque no se aplicó regularmente. Además, formalmente, ya se había publicado la resolución que declaraba la disolución del Congreso. Un Congreso impedido constitucionalmente que de funcionar no puede ejercer ningún acto legitimable”, sostuvo Oporto.

La noche tras el anuncio de la disolución, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los comandantes generales del Ejército, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea y la Policía Nacional ratificaron su reconocimiento a Martín Vizcarra como jefe supremo de esas instituciones. La acción se produjo tras la simbólica juramentación de Aráoz.

4. La ciudadanía reaccionó en apoyo al cierre del Congreso

En sondeos de opinión, una contundente mayoría de ciudadanos encuestados decía estar de acuerdo con una hipotética disolución del Congreso. El Instituto de Estudios Peruanos (IEP) publicó en abril los resultados de una encuesta a más de 1.200 ciudadanos de distintas regiones que apoyaba una eventual medida hasta en un 70 %. En ese mismo estudio, un 89 % de participantes expresó su rechazo al Congreso como institución. De cerca le siguieron el Poder Judicial, con 77 % de desaprobación, y el Ministerio Público, con 68 %.

La noche del lunes, las movilizaciones en las calles empataron con el sentir de la estadística. Ciudadanos de diferentes edades y estratos salieron en marchas de celebración por las principales vías de sus ciudades. En Lima, el recorrido fue acompañado incluso por algunos políticos y legisladores.

No obstante, con el transcurso de las horas también se presentaron algunos episodios de tensión y violencia. Este martes, el ahora excongresista de Fuerza Popular Carlos Tubino fue agredido por un ciudadano que protestaba junto a otros en contra de su ingreso a la sede del Legislativo. Las imágenes publicadas por el diario Perú21 muestran al fujimorista recibiendo insultos y algunos objetos lanzados hacia su cabeza.

En la capital peruana, cientos de ciudadanos marcharon en apoyo a la decisión de Vizcarra para luego agolparse ante la sede del Congreso.
En la capital peruana, cientos de ciudadanos marcharon en apoyo a la decisión de Vizcarra para luego agolparse ante la sede del Congreso. Andina

5. Solo se mantiene la Comisión Permanente hasta la instalación del nuevo Parlamento en enero de 2020

Frente a la disolución del Congreso, su Comisión Permanente es la única que puede mantener funciones, pero solo por cuatro meses, hasta que se instale un nuevo Parlamento por un proceso de elección popular previsto para enero de 2020.

“La Comisión Permanente debe seguir funcionando porque es un órgano indisoluble. Sigue funcionando a un nivel de servicios mínimos", refiere la abogada Elena Alvites.

De acuerdo con el artículo 101 de la Constitución, este grupo puede designar al Contralor General de la República y ratificar a funcionarios de la banca nacional, además de aprobar créditos suplementarios y habilitaciones de presupuesto.

Sin embargo, la Comisión Permanente no puede legislar y se ve impedida en varios otros procedimientos sin un Congreso que sirva de fase final de sus planteamientos. En este escenario, solo corresponde al Ejecutivo legislar por medio de “decretos de urgencia con fuerza de ley”, pero solo en materia económica y financiera, “cuando así lo requiere el interés nacional”, según fija el artículo 118 de la Carta Magna.

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